La Agencia de Recaudación y Control Aduanero formalizó la suspensión de los juicios de ejecución fiscal y de los embargos para micro, pequeñas y medianas empresas y pequeños contribuyentes. La extensión rige hasta el 30 de junio de 2027 inclusive y quedó establecida junto con cambios en el plan de facilidades de pago, mediante las resoluciones 5923 y 5924 publicadas en el Boletín Oficial.

La pausa comprende el inicio de ejecuciones fiscales y la aplicación de medidas cautelares, como el embargo de fondos. Sin embargo, no impide que el organismo actúe en todos los casos: las resoluciones mantienen excepciones cuando exista una afectación grave de los intereses fiscales, riesgo de que venza el plazo procesal o una prescripción inminente.
El plan de pagos también amplió las obligaciones que pueden regularizarse. Ahora permite incluir deudas impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social con vencimiento hasta el 31 de octubre de 2026; el límite anterior era el 30 de junio de ese año. El esquema contempla pagos de hasta 18 cuotas y el plazo para adherir se extendió hasta el 30 de junio de 2027, a través de la página de ARCA.
La incorporación de las obligaciones con vencimiento hasta el 31 de octubre estará habilitada desde el 16 de noviembre de 2026. La suspensión de embargos había sido anunciada previamente por el ministro de Economía, Luis Caputo, en la conferencia de la Unión Industrial Argentina. Industriales habían planteado que los bloqueos de fondos podían dificultar el pago de salarios, proveedores y otras obligaciones corrientes.
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